¡EL SECTOR CELEBRA! UN BLINDAJE HISTÓRICO PARA EL TRANSPORTE
Estamos de celebración: el transporte de mercancías gana una batalla fundamental. Con la entrada en vigor del Real Decreto 9/2026, la impunidad del cargador frente a las subidas del diésel llega a su fin.
Como he compartido recientemente en mi intervención en Cadena COPE Valencia, programa LUZ DE CRUCE, dirigido por Vicente Herranz, con este cambio normativo es el resultado de una necesidad urgente de justicia en nuestras carreteras.
🔍 ¿Por qué es un avance histórico?
Seguridad jurídica total: Se han modificado leyes estructurales como la Ley 15/2009, la Ley 16/1987 (LOTT) y la FOM 1882/2012 para que no existan lagunas en la aplicación de la cláusula de combustible.
Fin de la incertidumbre: Se tipifica con exactitud el «cómo, cuándo y de qué forma» se debe repercutir el coste del gasóleo, eliminando conflictos interpretativos.
Sanciones contundentes: La ley deja de ser una petición amable para convertirse en una obligación; el incumplimiento puede acarrear multas de hasta 30.000 €.
Es un orgullo ver cómo se ponen, por fin, los puntos sobre las íes. Pasamos del «por favor, paguen» al cumplimiento estricto de la normativa para garantizar la viabilidad de nuestras empresas.
¿No sabes cómo aplicar esta nueva normativa en tu operativa? Estaré encantada de ayudarte.
¿Cómo estáis viviendo este primer día de cambio en vuestras rutas? Os leo en comentarios. 👇
Estamos de celebración: el transporte de mercancías gana una batalla fundamental. Con la entrada en vigor del Real Decreto 9/2026, la impunidad del cargador frente a las subidas del diésel llega a su fin.
Como he compartido recientemente en mi intervención en Cadena COPE Valencia, programa LUZ DE CRUCE, dirigido por Vicente Herranz, con este cambio normativo es el resultado de una necesidad urgente de justicia en nuestras carreteras.
🔍 ¿Por qué es un avance histórico?
Seguridad jurídica total: Se han modificado leyes estructurales como la Ley 15/2009, la Ley 16/1987 (LOTT) y la FOM 1882/2012 para que no existan lagunas en la aplicación de la cláusula de combustible.
Fin de la incertidumbre: Se tipifica con exactitud el «cómo, cuándo y de qué forma» se debe repercutir el coste del gasóleo, eliminando conflictos interpretativos.
Sanciones contundentes: La ley deja de ser una petición amable para convertirse en una obligación; el incumplimiento puede acarrear multas de hasta 30.000 €.
Es un orgullo ver cómo se ponen, por fin, los puntos sobre las íes. Pasamos del «por favor, paguen» al cumplimiento estricto de la normativa para garantizar la viabilidad de nuestras empresas.
¿No sabes cómo aplicar esta nueva normativa en tu operativa? Estaré encantada de ayudarte.
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