
El Camionero Recomienda: Historias que mueven – El podcast de la Fundación Mereze que humaniza al transportista (con José María Sallés) | Violeta Boluda
marzo 31, 2026¡LA TRAMPA DE LOS 1.800€! Lo que nadie te está contando sobre las nuevas ayudas al transporte.
He visto cambiar la normativa de este sector cientos de veces, pero el nivel de desinformación que hay con el nuevo hashtagReal hashtagDecreto-ley 7/2026 es de récord.
Hoy me llegó esta consulta privada y encendió todas mis alarmas. Creo que es de vital interés que todos lo leáis antes de tramitar nada el próximo 1 de mayo:
🗣 «Buenos días, Violeta. ¿Esta ayuda es por tarjeta de transporte de camión? Hablo de los vehículos <7,5T o energías alternativas. ¿La ayuda fija es por vehículo de hasta 1.800€? Sé que la solicitud empieza en mayo.»
Es un error gravísimo pensar que la ayuda es una «tarifa plana» por la tarjeta de transporte, o creer que cualquier furgoneta va a cobrar esos ansiados 1.800 €.
Por eso, he decidido parar un momento y dejar claras las reglas del juego para que nadie se lleve sorpresas.
Aquí tienes el resumen definitivo (guárdate este post):
NUEVAS AYUDAS DIRECTAS: La letra pequeña
La subvención NO es por tarjeta. Se calcula sumando un importe fijo por cada vehículo de tu flota que cumpla los requisitos.
LAS CUANTÍAS REALES (Sin trucos) El famoso tope de 1.800 € es la excepción, no la regla. Así queda el reparto oficial:
🔹 Camiones pesados (>7,5 t) solo si usan energías alternativas (GLP, GNC o GNL): 1.800 €
🔹 Camiones ligeros (<7,5 t): 665 €
🔹 Furgonetas de mercancías (MDLE): 300 €
LOS 5 REQUISITOS DE ORO (Para vehículos de <7,5 toneladas)
Para recibir un solo euro, debes cumplir esto a rajatabla:
1️⃣ No tener gasóleo profesional: Estas ayudas son solo para quienes NO pueden beneficiarse de la devolución de hidrocarburos.
2️⃣ Autorización en vigor: Vehículo adscrito a una tarjeta de transporte válida y de alta en el REAT.
3️⃣ Actividad económica: Estar en el censo de Hacienda en epígrafes de transporte (CNAE 4941 o 4942).
4️⃣ Alta en la DGT: El vehículo debe estar de alta en Tráfico a la entrada en vigor del decreto.
5️⃣ Obligaciones al día: Ni un céntimo de deuda con Hacienda o la Seguridad Social.
TOMA NOTA DE ESTAS FECHAS El trámite se hace en la sede de la Agencia Tributaria.
🗓️ Abre: 1 de mayo de 2026 🗓️ Cierra: 30 de junio de 2026
⚠️ ¡MUCHO CUIDADO! Hay una cláusula de «salvaguarda del empleo» que podría obligarte a devolver cada euro si despides a alguien por causas objetivas. Analizaré este peligro punto por punto en mi Newsletter de la próxima semana.
¿Tú también pensabas que los 1.800 € eran para todos o ya habías leído la letra pequeña?
Déjame tu opinión o tus dudas en los comentarios, os leo y respondo a todos. 💬👇
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